La Reina y yo. ¿Quién manda en La Zarzuela…?


Ramiro Grau Morancho,
Académico, jurista y escritor.
https://www.graueditores.com

Cuando Felipe VI en casó con su actual esposa, en contra del criterio de toda su familia, dicen que la Casa Real hizo firmar unas capitulaciones a su novia, organizando el posterior divorcio, en su caso, con el otorgamiento de un título nobiliario, una renta vitalicia muy elevada, y dejando la educación de las hijas a manos de don Felipe.

Tenemos información al respecto por el libro del primo de doña Leticia, quien, como abogado en ejercicio, le dijo que no se le ocurriera firmar ese documento, pues la dejaba en manos de la Casa Real…

Desconozco si lo firmó.

Lo que si tengo claro es que se “convirtió” al catolicismo, desde su agnosticismo o ateísmo previo, de forma rápida e indolora, con unas simples charlas del cardenal Rouco Varela.

La Corona de España bien vale una conversión, debió de pensar la aspirante a esposa de Felipe VI.
Lo cierto es que los reyes “católicos” de España se han ido apartando, sin prisas, pero sin pausas, de cualquier manifestación católica, mientras que frecuentan los actos de claro contenido masónico, algo nada extraño, desde el ingreso del rey en la Orden de la Jarretera, mendigando distinciones nobiliarias de la única monarquía que acabará subsistiendo en el mundo, junto con los cuatro reyes de la baraja…

En los últimos tiempos, observo con estupor, no exento de indignación, a la “política” de presentar a doña Leticia, con c, como Reina de España, cuando, al igual que doña Sofía, no pasan de ser las Consortes de los Reyes respectivos, pero nada más.

Creo que el propio don Felipe VI hace ostentación de este título indebido, cuando dice aquello de: “La Reina y yo…”.

Esta “no reina” es plebeya, no procede de ninguna familia real, como doña Sofía, y lo que es más importante, la Constitución solo le reserva un hipotético papel destacado como Regente, hasta la
mayoría de edad de su hija –que debe de andar por los 16 años-, en el supuesto de que Felipe VI falleciera, que Dios no lo quiera.

En efecto, el art. 59, 1, dice claramente que: “Cuando el Rey fuere menor de edad, el padre o la madre del Rey …, entrará a ejercer inmediatamente la Regencia y la ejercerá durante el tiempo de la minoría de edad del Rey”.

Y el art. 58 es claro, y no necesita interpretación alguna: “La Reina consorte o el consorte de la Reina no podrán asumir funciones constitucionales, salvo lo dispuesto para la Regencia”.

En el caso de doña Sofía, una señora como Dios manda, los españoles siempre la hemos reconocido como nuestra reina, tal vez por proceder de familia real, ser hija y hermana de rey, etc., pero no es el caso de doña Leticia, por eso me asombra tanto ese interés en “promocionarla”, haciéndole parecer lo que no es, ni de lejos…

El propio diccionario de la lengua española explica claramente en su acepción primera que un consorte es: “Dicho de una persona que recibe el título, condición, nombre de la profesión, etc., por
razón de matrimonio con la persona que los posee por derecho propio”.

Comprendo que hace mucho calor, y todos procuramos llevar la mínima ropa posible, pero hay cargos y cargos, actos y actos, y una consorte del Rey no debe andar por ahí enseñando más carne de la debida, o vistiendo inadecuadamente, pues todo ello se traduce en un desprestigio y desconsideración social de la monarquía.

Claro que, tal vez se trata, precisamente, de producir esos efectos.

9 Comments

  1. Don Felipe, «el preparado», o «el rey pasmado», no manda nada, ni en España ni en su casa…
    ¡Y es una pena, por el bien de todos!

  2. Sr. Grau :
    por aplicación del artículo 58 de la Constitución Española, que transcribo a continuación, Letizia es reina consorte, o sea, que claro que es Reina y claro que puede utilizar el título de Reina (consorte)
    Artículo 58.
    La Reina consorte o el consorte de la Reina no podrán asumir funciones
    constitucionales, salvo lo dispuesto para la Regencia.

    1. REINA CONSORTE (y mientras dure el matrimonio), pero no REINA en sentido estrcito.
      Y no puede «asumir funciones constitucionales», por lo que no es correcto que presida Juras de Bandera, votaduras de nuevos barcos, vaya a Mauritania en representacón del Reino de España, o de lo que queda de él, etc.
      ¿Por qué este «interés» en promocionar a la alegre republicana…?

      1. Pues eso, funciones constitucionales son las que determina la Constitución.
        entregar una bandera o votar un barco o ir a la ópera no son funciones constitucionales

        1. Y viajar a Mauritania en representación del Reino de España,m y a países hispanoaméricos, a comprobar in situ los trabajos de la Agencia Española de Cooperación, por lo visto son viajes de recreo, y no son funciones constitucionales.
          EL EL REY quien puede y debe representar a España, no la «consorte» -y con suerte-, Leticia, la chica plebeya, del montón.
          ¡Pobre Felipe!
          Y pobre España.

  3. Evidentemente, no es Felipe…
    Ahora bien, pienso que tampoco ella.
    Me inclino, más bien, por la masonería,que la utiliza, y «gobierna» a toda la familia, empezando por doña Sofía, pasando por el «demérito», etc.

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