El Salud permite que los directivos hagan guardias de atención continuada ante la falta de facultativos


El déficit de profesionales para cubrir la atención continuada en Aragón, la asistencia que se presta en los centros de salud fuera del horario habitual, la de más difícil cobertura, llevó al Departamento de Sanidad a plantear una propuesta para reorganizar este sistema en la capital aragonesa, y también en Huesca ciudad, así como a buscar otras fórmulas. Una de ellas pasa por permitir a los directivos hacer guardias cuando las necesidades del servicio lo aconsejen.

Así figura en una instrucción, firmada a finales de enero por la gerente de Servicio Aragonés de Salud, Ana Castillo, que establece la posibilidad de que el personal facultativo y diplomado sanitario que desempeña funciones de alta gestión realice guardias. Desde la Consejería de Sanidad han aclarado este miércoles que esta opción tiene como finalidad garantizar la asistencia en atención continuada. Pueden realizarlas desde un gerente hasta un subdirector de atención primaria y hospital, siempre y cuando posea la especialidad de Medicina de Familia y Comunitaria.

Es una medida, aseguran, que ya ha sido aplicada por anteriores Gobiernos, de conformidad con el Decreto 174/2010, de 21 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el reglamento de la estructura y funcionamiento de las áreas y sectores del Sistema de Salud de Aragón, siempre en situaciones excepcionales. 

En estos momentos, apuntan desde el Departamento de Sanidad, se aplica cuando hay falta de personal, como última opción para evitar la reducción horaria o cierre puntual de los Puntos de Atención Continuada, «para garantizar una adecuada atención permanente al usuario del servicio público de salud». Hay que recordar que en Aragón hay 140 plazas de médicos de atención primaria sin cubrir, 80 de ellas en atención continuada.

«La instrucción del pasado mes de enero armoniza criterios respecto a la normativa mencionada que recoge esta posibilidad y ante la acuciante falta de médicos», reconocen fuentes oficiales. 

A los directivos que hacen estas guardias se les paga lo que está estipulado para el resto del personal. De hecho, la instrucción recoge que cuando el personal facultativo y diplomado sanitario de alta gestión efectúe esta actividad complementaria (guardias) será «específicamente retribuido del mismo modo que el resto del personal».

El documento recoge la normativa que apoya esta medida y recuerda que, en la actualidad, «la escasez de personal ha dificultado enormemente la realización de estas guardias y en numerosas ocasiones no se ha podido garantizar la debida atención permanente al usuario». 

Según se refleja en el texto, el personal facultativo y diplomado sanitario de alta gestión queda sometido al régimen de dedicación e incompatibilidades de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional 4.2 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre. «Sin embargo -se añade-, en situaciones excepcionales, cuando las necesidades asistenciales lo aconsejen por no existir personal suficiente para la realización de guardias, con la finalidad de garantizar la atención permanente de los pacientes y a fin de asegurar el derecho constitucional a la protección de la salud, se habilita a este personal para que pueda participar en los turnos de atención continuada». Se considera que, en estos casos y dada la «situación de necesidad», se debe «evitar la desprotección de la salud de los usuarios, cuyo perjuicio, justifica adoptar esta solución».

«Podría no tener el rango legal»

El PSOE, por su parte, considera que esta instrucción «podría no tener el rango legal» y, en todo caso, «tendrían que modificar el Decreto 174/2010 de los sectores e incluirlo entre las competencias de los directivos, ya que podría considerarse incompatible su generalización en todos los directivos como propone, salvo situaciones extraordinarias, tal y como ha ocurrido en otras comunidades autónomas donde se ha planteado y ha levantado conflictos difíciles de resolver”.

Por ello, el grupo parlamentario socialista ha registrado una pregunta en las Cortes de Aragón, para su respuesta escrita, para saber si el Gobierno considera que esta instrucción respeta la legislación vigente en materia de incompatibilidades, entre ellas, la Ley 53/84. Se pregunta también desde esta información sobre «los casos concretos que considera el Gobierno donde puede haber una situación de necesidad o extraordinaria y cuál es la relación de directivos que se pueden acoger a la norma al margen de los centros de salud de medio rural, así como qué incompatibilidades han firmado los directivos de Sanidad».

Asimismo, se ha solicitado una relación de las guardias de todos los directivos (desde la instrucción, fechada el pasado 26 de enero). Ante la falta de respuesta, adelantan, han presentado una queja «porque no han cumplido la contestación en tiempo y forma».

Heraldo de Aragón

4 Comments

  1. no tenéis vergüenza, si es un puesto de libre designación, asume el sueldo o no aceptes. El dinero es de los contribuyentes golfos

  2. Y ESTOS DIRECTIVOS QUE SEGURAMENTE LLEVAN MUCHO TIEMPO OCUPANDO PUESTOS DE GESTION O INCLUSO TODA SU VIDA LABORAL EN ALGUNOS CASOS, AUNQUE ESTEN ESPECIALIZADOS EN MEDICINA FAMILIAR Y COMUNITARIA, TANTO TIEMPO SIN EJERCER, NO ESTARAN UN POCO OXIDADOS EN SUS CONOCIMIENTOS Y SEGURAMENTE NO ACTUALIZADOS? PUEDEN ATENDER ENFERMOS ASI DE REPENTE, DESPUES DE MUCHOS AÑOS SIN HACERLO Y EN ALGUNOS CASOS PUEDE QUE NUNCA LO HAYAN HECHO? A MI ESTO ME PREOCUPA

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