La Batalla Legal por los Interinos: El TJUE Desafía al Supremo Español


El Tribunal de Justicia de la Unión Europea insiste en la conversión de interinos en fijos, desafiando la doctrina del Tribunal Supremo español

La reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha reavivado el debate sobre el abuso de la contratación temporal en la administración pública española. En respuesta a consultas elevadas por juzgados catalanes, el TJUE ha reafirmado que los interinos que hayan encadenado sucesivos contratos temporales en fraude de ley deben ser convertidos en personal indefinido, una postura que choca frontalmente con la doctrina del Tribunal Supremo (TS) español.

El TJUE considera que la conversión de los contratos temporales en indefinidos es una medida adecuada para sancionar de manera efectiva el abuso de la contratación temporal. Esta posición se ha reiterado a pesar de que el TS había interpretado previamente que dicha conversión automática sería incompatible con el sistema español de autoorganización de la administración pública, basado en los principios de igualdad, mérito y capacidad.

El Supremo, tras la sentencia de febrero del TJUE, había solicitado una aclaración al tribunal europeo sobre si esta conversión sin un procedimiento de selección conforme a los principios mencionados es conforme al Derecho de la Unión Europea. Además, el TS planteó si una indemnización superior a los 20 días por año podría ser una sanción adecuada.

Mientras se espera la respuesta del TJUE a las consultas del TS, la reciente sentencia de los jueces catalanes ha dejado claro que las medidas actuales contempladas en la Ley 20/2021, que busca reducir la temporalidad en el sector público, no son adecuadas para sancionar los abusos. Según el TJUE, ni la convocatoria de procesos selectivos ni la compensación actual resultan efectivas para prevenir o sancionar el abuso de contratos temporales.

La sentencia del TJUE destaca que la normativa española no cumple con la Directiva 1999/70/CE sobre el trabajo de duración determinada. La compensación contemplada en la Ley 20/2021, con un tope de veinte días de retribución por año de servicio y un máximo de doce meses de salario, no permite una reparación adecuada y proporcional para los afectados.

La respuesta del TJUE pone en evidencia que España no ha ideado un sistema legal eficaz para penalizar el abuso de los contratos temporales. El tribunal europeo insiste en que, en ausencia de medidas adecuadas en el Derecho nacional, la conversión de contratos temporales en indefinidos puede ser una solución viable, siempre que no contravenga la Ley nacional.

La sentencia también señala que, si los juzgados consideran que la jurisprudencia consolidada del TS se opone a esta conversión, deben dejar inaplicada dicha jurisprudencia si es incompatible con los objetivos del Acuerdo Marco y la Directiva de la UE.

Esta confrontación entre el TJUE y el TS añade una capa de complejidad a la ya confusa situación legal sobre los interinos en España. La falta de un sistema claro y efectivo para sancionar el abuso de la contratación temporal sigue siendo un problema grave, que afecta a miles de trabajadores en la administración pública.

4 Comments

  1. El problema es del legislador/empleador, como en la empresa privada. Que hagan bien sus deberes respecto de contratación/Ofertas trabajo/empleo publico, tiempos y formas.

    El personal interino/abusado lucha por sus derechos, y sí, tiene derecho a empleo estable cuando se cumplen unas condiciones, condiciones que en este caso el gobierno se pasa por el forro y no dando a sus empleados en abuso lo que si exige a las empresas privadas. Si esa lucha por sus derechos alguien cree que choca con el derecho de algún otro trabajador de la administración u opositor…que cada uno luche por lo que crea que es justo.

    Ojo, que habrá mucho personal interino que se encontrará con «un regalo» sin haber movido una pestaña, pensando que esto (estabilización) ha caído del cielo gracias al partido político de turno (ahora PSOE) o Europa y TJUE (de momento los únicos un poco). No, hay una lucha de hace años de personas que se están dejando sus €€ y sindicatos (no los mayoritarios chupagambas CCOO, UGT y CSIF) si no los minoritarios a nivel local, autonómico y nacional que unidos han conseguido llevar esta causa a los estamentos pertinentes y luchar por lo que es de derecho y contra el abuso de las administraciones con los empleados temporales de larga duración.

    Creo que es fácil de entender que si alguien (las administraciones) no ha convocado oposiciones en tiempo y forma, (se han pasado cuatro pueblos) el afectado no tiene por que ser la persona contratada por el sistema establecido (bolsa mayormente) de libre concurrencia, publico valorando merito y capacidad, para cubrir un periodo de tiempo que se a extendido en el tiempo irregularmente.

    Desde la barrera se ve con envidia, y digo envidia, como alguien sin «oposición», pero si con algún tipo de proceso, puede conseguir una plaza en propiedad en la administración.

    Al final la verdad es una: la administración la cagó, la está cagando y parece la seguirá cagando durante un tiempo…

    1. Asi es muchas de esas personas no han aprobado ni una oposición en su vida, es más muchas ni se han presentado. Está bien que cuente el timpo trabajado pero la forma de demostrar los conocimientos es en una oposición y el tener una aprobada debería de primar. Buen día

      1. maxima de muchos interinos. Para que voy a opositar si voy a tener siempre trabajo y encima en buenas plazas, gente que se ha jubilado sin opositar hay montones y el resto opositando y haciendo cursos….. igualdad?

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