Así son los 16 tipos de familia que establece la nueva ley de Belarra


El Ministerio de Derechos Sociales de Ione Belarra está ultimando una ley de familias que amplía los derechos y las ayudas económicas pero que incluye parejas «homomarentales», «reconstituidas» o «interculturales».

Este anteproyecto, que se aprobará previsiblemente en el Consejo de Ministros de la próxima semana, incluye permisos de cinco días retribuidos para el cuidado de convivientes y familiares de hasta segundo grado de consanguinidad. Además, amplía la prestación de 100 euros al mes para madres con niños de 0 a 3 años, que ahora solo cobran las mujeres trabajadoras, y equipara los derechos de hogares monoparentales de dos hijos con los de familia numerosa.

Pero el punto más controvertido está en la definición de familias. Según revela ABC, el texto añade nuevos tipos en los que se saca de la manga términos como «transnacional», «intercultural», «homomarental» o «retornada».

Familia biparental. Formada por dos personas unidas por matrimonio o pareja de hecho y sus descendientes o menores de edad bajo su tutela.

Familia monomarental o monoparental. Una de las ocurrencias de Belarra. Aquellas familias formadas por un solo progenitor –con el matiz diferenciador– y sus descendientes.

Familia joven. Formada por menores de 29 años y sus descendientes.

Familia LGTBI homomarental y homoparental. Otra vez el Ministerio se ha sacado un nuevo término para definir a aquellas parejas homosexuales y sus descendientes.

Familia con mayores necesidades de apoyo a la crianza. Se refiere a familias numerosas y demás supuestos establecidos en la legislación vigente.

Familia múltiple. Aquella que incluye descendientes, adopciones o acogimientos múltiples.

Familia reconstituida. Formada por miembros que tenían hijos de relaciones anteriores.

Familia inmigrante. En la que todos sus integrantes proceden de otro país.

Familia transnacional. En la que alguno de sus integrantes reside fuera del país.

Familia intercultural. Entre personas de entornos culturales o étnicos diferentes.

Familia en el exterior. Uno de los miembros tiene la nacionalidad española durante su residencia en otro país.

Familia retornada. Alguno de sus miembros tiene la nacionalidad tras su retorno a España después de residir en el extranjero, al menos, un año.

Familia en situación de vulnerabilidad. En donde confluyen factores económicos o sociales en riesgo de exclusión.

Personas unidas en matrimonio.

Parejas de hecho.

Personas solas.

Víctimas de violencia de género

Asimismo tendrán consideración de familia numerosa las familias con dos hijos donde un ascendiente o descendiente tenga discapacidad y las familias con dos hijos encabezadas por una víctima de violencia de género o por un cónyuge que haya obtenido la guardia y custodia exclusiva sin derecho a pensión de alimentos, según las mismas fuentes.

El acuerdo presupuestario entre PSOE y Unidas Podemos contemplaba que la Ley de Familias llegara al Consejo de Ministros en trámite de urgencia, lo que implicaba que llegara en primera vuelta al órgano de gobierno antes de que finalizase el mes de octubre.

El Debate

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